asentamiento, prendieron fuego a la pólvora y arrestaron a Mathew Brisbane y a otros seis subordinados . El 21 de
enero de 1832 Duncan declaró las islas como res nullius («cosa de nadie»).
La acción de Duncan generó un juicio por el reclamo de las pieles de focas. El argumento se basa en el Expediente n° 3.661 (7 F. Cas. 192) que se sustentó
en el circuito judicial del estado de Connecticut. El caso Davison v. Seal-Skins tuvo lugar en 1835 y es célebre en la jurisprudencia de almirantaje de los Estados Unidos que abordó una demanda de salvamento sobre un cargamento de pieles de foca. El demandante fue Gilbert R. Davison, quien era el capitán de la goleta «Harriet» y el objeto de la demanda eran las pieles de foca confiscadas e in cautadas por el comandante Luis Vernet como gobernador de las islas Malvinas en nombre del gobierno de Buenos Aires sobre embarcaciones extranjeras. Cabe aclarar que este expediente se refiere a las islas como «Falkland Islands».
El juez Thompson sentó un precedente histórico y jurídico fundamental. El juez define que «Un pirata es quien actúa únicamente por su propia autoridad, sin comisión ni autoridad de ningún Estado soberano, aprehendiendo por la fuerza y apropiándose para sí, sin discriminación, de toda embarcación con la que se encuentre».
Luego expresa:
«Un oficial de los Estados Unidos no tiene derecho, sin instrucciones ex-
Ídem.
«Davison V. Seal–Skins». 7FED.CAS.- 13, Case No. 3,661, Circuit Court, D. Connecticut.
Public.Resource.Org, https://law.resource. org/pub/us/case/reporter/F.Cas/0007.f.cas/0007.f. cas.0192.3.pdf.
presas de su gobierno, a entrar en la jurisdicción territorial de un país que está en paz con los Estados Unidos, y a aprehender por la fuerza los bienes que allí se encuentren y que reclamen ciudadanos de los Estados Unidos. La solicitud de reparación debe presentarse ante los tribunales judiciales del país».
En tal sentido, consideró que Vernet no estaba actuando de forma ilegal o pirática, sino que actuaba al amparo de un decreto oficial emitido el 10 de junio de 1829 por el gobierno de Buenos Aires, el cual lo nombraba gobernador civil y militar de las islas Malvinas y le encomendaba regular las pesquerías. Del mismo modo rechazó la postura del consulado estadounidense y por lo tanto el tribunal no podía declarar a Vernet un pirata ni desconocer su autoridad de hecho.
Respecto del capitán Silas Duncan, quien atacó Puerto Soledad a finales de 1831 y destruyó las instalaciones de la comandancia y recuperó por la fuerza los cargamentos capturados por Vernet, el juez Thompson determinó que «…si estas islas estaban en posesión y bajo jurisdicción del gobierno de Buenos Aires, y el establecimiento de Vernet entonces estaba bajo la autoridad y protección de ese gobierno, como claramente lo estaba, e incluso aceptando que Vernet hubiera abusado de su poder, el Capitán Duncan no podría tener derecho, sin instrucciones expresas de su gobierno, a entrar en la jurisdicción territorial de un país en paz con Estados Unidos, y confiscar por la fuerza bie nes hallados allí y reclamados por ciudadanos de Estados Unidos. Tal principio sería demasiado arriesgado para la paz de las naciones para ser admitido en la práctica».